Ayer,
tras la noticia de que la Audiencia Provincial de Toledo ha revocado la
sentencia en primera instancia y condenado a Luis Bárcenas a pagar 50.000 euros
a María Dolores de Cospedal por intromisión en su honor, “por que el hecho que se trataba de demostrar debe darse por acreditado
conforme a las reglas del criterio
humano”, se despertaron mis alarmas.
Confieso
que mi conocimiento de las leyes y de los procesos judiciales es muy básico,
pero ateniéndome a la razón, la lógica y el buen sentido, la citada sentencia
me pareció un poco……elaborada. ¡Ejem!
Comentado
esto con una simpática letrada en Tuiter, me respondió: “Que no es arbitrario, irracional o absurdo. Una fórmula forense
clásica”. Lo cual aumentó más mi curiosidad y necesidad de entender esto. Y
aprovechando el documento que me facilitó entré en materia.
Así en
doce páginas, María Escrivá Rubio, abogada de Uría Menéndez, profundiza en este
concepto, entre otros, y en la posibilidad de presentar prueba en contrario de una presunción
judicial, que enlaza un hecho cierto o probado con otro presunto a través de
una operación deductiva. Momento este en el que para mi, entramos en la
subjetividad absoluta o incluso en la arbitrariedad. Dado que un proceso
deductivo puede en muchas ocasiones llevar a conclusiones diferentes, en función
del sujeto que hace la hipótesis. Ya que efectivamente han de ser concluyentes
o inequívocos, pudiendo en las presunciones seguirse del hecho base diversos
hechos consecuencia. «Facta concludentia».
Que sin
entrar en la oportunidad o no de poder hacerlo en función del momento procesal,
el desmontaje de la suposición judicial solo puede realizarse, cuestionando la
propia existencia del hecho base del razonamiento presuntivo, la lógica y razonabilidad
del proceso deductivo o la existencia misma del hecho presunto.
Vista oral del juicio celebrado en primera instancia |
Hoy tras un
largo proceso de instrucción parece más que acreditado la existencia de una
contabilidad B en el Partido Popular, la entrega de sobresueldos a algunos
dirigentes, la utilización de esos fondos para pagar reformas en la sede del
partido y otras “lindezas”, pero la lógica deductiva empleada concluye que fue
el demandado o persona de su orden quien entrego los papeles al diario El Pais,
sin querer ver más allá. Papeles que insisto ponen de manifiesto una actividad
al margen de la ley y nada ejemplar, con el agravante de que se trata del
partido político que gobierna hoy España.
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